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La inversión del sujeto pasivo en el IVA (Impuesto al Valor Añadido)


Nos aclaramos con el IVA. Por fin vamos a aclarar qué implica el IVA y quién es el responsable como sujeto pasivo.

La Ley del IVA

La ley del IVA establece como principio general que el sujeto pasivo es la persona o empresa que realiza la entrega del bien o la prestación del servicio. A su vez, establece una serie de supuestos en donde se produce la “inversión del sujeto pasivo”; es decir, en ciertos casos, expresamente definidos en la Ley del IVA, (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido), el sujeto pasivo pasa a ser la persona para quien se realiza la operación. Cuáles son y cómo es el tratamiento fiscal en estos casos?

El sujeto pasivo y el contribuyente

En el ámbito fiscal, el sujeto pasivo es la persona, ya sea jurídica o física, deudora del pago de una obligación tributaria, es el realmente obligado frente al Estado (Hacienda) de que la obligación se ha cumplido.

El contribuyente, en cambio, es aquel quien realmente afronta o paga la deuda tributaria. Por eso, se dice que la diferencia entre sujeto pasivo y contribuyente solo existe en los impuestos indirectos, ya que en los directos son siempre la misma persona. En el caso del IVA, el consumidor final es el contribuyente (quien realmente paga el impuesto, pero que Hacienda jamás va a preguntarle si lo ha hecho o no) y el sujeto pasivo es la empresa que vende el producto o servicio y a quien Hacienda podrá exigirle el pago del IVA.  

La inversión del sujeto pasivo del IVA

La Ley del IVA (Art. 84, Ley 37/1992) establece como principio general que el sujeto pasivo es la persona o empresa que realiza la entrega del bien o la prestación del servicio (es decir, el vendedor). A su vez, en el segundo apartado del punto uno del mismo artículo, se establecen una serie de supuestos en los que se produce lo que en materia fiscal se conoce como inversión del sujeto pasivo. Es decir, en ciertos casos, expresamente definidos en la Ley del IVA, el sujeto pasivo pasa a ser la persona para quien se realiza la operación (el comprador o el “primer” comprador, ya que seguramente, se trata de una empresa o profesional que reutilice el servicio o bien para revenderlo).

A los fines prácticos y desde el punto de vista de la facturación, quizás una mejor definición sería que en la Inversión del Sujeto Pasivo se traslada el carácter de sujeto pasivo del IVA desde quien emite la factura hacia el que pagador de la factura. Por eso, veremos más adelante, hay que realizar algunas precisiones en la factura cuando esta se emita Traslado de la obligación.

Si bien inversión del sujeto no es una expresión muy feliz, lo que realmente sucede es un traslado de la obligación. La situación “típica” de la inversión del sujeto pasivo es cuando quien recibe o se beneficia con el bien o servicio, luego, reutiliza este activo para ofrecerlo a otras personas. Por eso, continuamente se “amplía” la cantidad de casos que se produce el traslado de la obligación.

Cambio del sujeto obligado

Objetivo Los dos principales objetivos de esta figura es que Hacienda logre recaudar más IVA (por casos que en principio no se tributa en el país) y exigirlo (por su propia actividad) a quién realmente le corresponde hacerlo. Asimismo, es importante señalar que este cambio del sujeto obligado no implica una exención del impuesto y no se trata de una opción que se las da a las personas que realizan la operación, si no que están obligadas a hacerlo y así constarlo en sus balances y presentaciones.

Los requisitos para que se produzca la inversión del sujeto pasivo son dos:

  1. Que el destinatario de los bienes o servicios sea un empresario o profesional y que actúe como tal;
  2. Sólo en aquellas operaciones estipuladas en la ley de IVA

Operaciones obligadas

Las principales operaciones obligadas a ser tratadas como una inversión del sujeto pasivo son:

a) Cuando las mismas se efectúen por personas o entidades no establecidas en el territorio de aplicación del Impuesto.

b) Cuando se trate de entregas de oro sin elaborar o de productos semi elaborados de oro

c) Cuando se trate de entregas de desechos y desperdicios industriales.

d) Cuando se trate de prestaciones de servicios que tengan por objeto derechos de emisión, reducciones certificadas de emisiones y unidades de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, en el marco de participación en los mecanismos de flexibilidad del Protocolo de Kioto.

e) Cuando se trate de las siguientes entregas de bienes inmuebles:

  • Las entregas efectuadas como consecuencia de un proceso concursal.
  • Las entregas efectuadas en ejecución de la garantía constituida sobre los bienes inmuebles

f) Cuando se trate de ejecuciones de obra que tengan por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones. g) Cuando se trate de entregas de los siguientes productos

  • Plata, platino y paladio
  • Teléfonos móviles.
  • Consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales.

Cuestiones a tener en cuenta en tanto a su facturación

Cuando se preste un servicio o se entregue un bien, donde se produzca la inversión del sujeto pasivo, la factura deberá emitirse teniendo en cuenta estos tres elementos:

Emisión de factura

El emisor de la factura deberá aclarar en la misma que la factura se encuentra exenta de IVA indicando en factura. «Exenta de IVA por aplicación del artículo 84, UNO, punto 2 de la Ley de IVA. Para que puedas realizar todo el proceso correctamente, lo mejor es hacer la facturación online. Así, el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación establece, en su art. art. 6, sobre “Contenido de la factura.”, inc. m), que: “En el caso de que el sujeto pasivo del Impuesto sea el adquirente o el destinatario de la operación, la mención «inversión del sujeto pasivo»”.

Recepción de la factura

En cambio, quien recibe la factura (y que no deberá realizar otra) deberá contabilizar el IVA en sus libros y sistemas correspondientes e informarlo a Hacienda a través de los formularios y las declaraciones trimestrales. Es decir, pese a no constar el IVA en las facturas, quien las recibe ha de liquidar la operación y deducírsela. Debe hacerlo por su condición de sujeto pasivo (obligado a cumplir las obligaciones tributarias), lo que implica calcular el IVA sobre la factura.

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1 Comentarios
  • Luis
    Luis2018-04-04 17:26:55
    Autor

    Buenas Tardes, ¿que sucede cuando el sujeto pasivo tiene mas IVA soportado en sus adquisiciones de bienes y servicios; que de IVA repercutido los clientes? . Gracias

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