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Guía sobre la Ley de Emprendedores


Conoce todas las novedades de la Ley de Emprendedores y valora cuales pueden beneficiarte. La Ley 14/2013 de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización introdujo múltiples novedades e incentivos al emprendimiento, tanto en lo relativo a facilitar la actividad empresarial de aquellos autónomos o pequeñas empresas que inician su andadura profesional como de cara a que el resto de instituciones u organismos apoyen su emprendimiento. La ley aprovechó también para promover la educación en el emprendimiento, introduciendo la exigencia de que los currículos educativos de la enseñanza primaria, secundaria, bachillerato y estudios superiores incorporasen ese enfoque al emprendimiento y el fomento del mismo. De forma adicional, y como recoge la segunda parte de la denominación de la ley, se aprovechó la misma para incluir regulación relativa a la llegada de capital a España, a través de la internacionalización, aunque en este caso no se hizo referencia única ni principalmente a los emprendedores, sino a los inversores, introduciendo la ya conocida como «Golden Visa» por la que un inversor puede conseguir el permiso de residencia en España por el mero hecho de comprar una vivienda o hacer una inversión de unas determinadas cantidades. En lo relativo puramente a los emprendedores, algunas de las medidas introducidas por la ley fueron:

1) Tarifa plana de autónomos

Pese a que ya existía un programa de incentivación al empleo joven mediante el cual los autónomos que se dieran de alta por primera vez en el RETA tendrían una bonificación en la cuota durante los primeros 6 meses que la rebajaba a unos 50€ aproximadamente si escogían la base mínima de cotización, con la promulgación de la ley de Emprendedores esta medida se hizo extensiva a cualquier edad, estableciéndola también para los mayores de 30 años.

2) Reducciones en la cuota de autónomos para personas discapacitadas.

Para aquellas personas que tengan un grado de discapacidad reconocido del 33% o superior, se establece una reducción equivalente al 80 por ciento de la cuota durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta y una bonificación equivalente al 50 por ciento de la cuota durante los 54 meses siguientes. Además, y si tienen menos de 35 años de edad, cumpliendo los requisitos anteriores, el incentivo será de una reducción equivalente al 80 por ciento de la cuota durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta y una bonificación equivalente al 50 por ciento de la cuota durante los 4 años siguientes.

3) Incentivos a la inversión en nuevas empresas, los denominados Business Angels.

Se introduce la posibilidad de que los inversores en empresas emprendedoras de deducirse el 20 por ciento de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación. Existe una limitación de la deducción por la cual la base máxima de deducción será de 50.000 euros anuales y estará formada por el valor de adquisición de las acciones o participaciones suscritas.

4) Facilidad en el acceso a contratos con las Administraciones Publicas.

Uno de los problemas que se encontraban muchos emprendedores, tanto autónomos como sociedades pequeñas, era la dificultad de acceso a licitaciones y contratos públicos, ya que además de la falta de bagaje y reconocimiento empresarial y en ocasiones de tesorería y financiación, en las bases de las licitaciones se establecía una nueva barrera, al otorgar puntuación adicional a las empresas con experiencia en contratación con las Administraciones Publicas, algo que directamente relegaba a los emprendedores a últimas posiciones en el acceso a la licitación. Con la ley de emprendedores se prohibió otorgar puntuación adicional o establecer como requisito la experiencia en contratación con la Administración Publica. Por otro lado, y a fin de fomentar la unión de empresas, tanto pequeñas y medianas como las demás, se eliminó la necesidad de tener preconstituida la UTE (Unión Temporal de Empresas) para la participación en el concurso público. Es suficiente con presentar el proyecto y, en el caso de concesión, proceder a la constitución de la misma.

5) Eliminación del libro de visitas

Desde la entrada en vigor de esta ley, el libro de visitas ya no será requisito para las empresas ante una inspección de trabajo. Es más, ahora es la propia Administración quien de oficio debe aportarlo electrónicamente en el curso de una inspección

6) Emprendedor de Responsabilidad Limitada

La ley de emprendedores crea la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada, un autónomo que puede proteger de las posibles deudas de su actividad la vivienda habitual, protegiéndola en caso de embargos o ejecuciones si cumple los requisitos y trámites que se exigen para ello, imponiéndole a cambio determinadas obligaciones legales para dar mayores garantías a terceros.

7) La Sociedad Limitada de Formación Sucesiva

Otra figura novedosa de la Ley de Emprendedores es la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva mediante la cual es posible constituir una sociedad sin tener que poner un capital social mínimo, al eliminarse el requisito, en esta figura, del capital de 3000 Euros que tienen las Sociedades Limitadas. Esta opción, de igual manera, tiene determinadas obligaciones asociadas, pudiéndose convertir en Sociedad Limitada estándar en el momento en que se complete ese capital mínimo de 3000 Euros que exige la Sociedad Limitada.   Como ves, la ley de emprendedores introdujo muchas novedades en el ámbito del emprendimiento, intentando fomentar el mismo y el desarrollo de proyectos empresariales mediante la eliminación de barreras que hasta entonces lo impedían así como incentivando, principalmente de manera fiscal, a ello.

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